Y-94-TASACIÓN de EDIFICIO INDUSTRIAL

Barcelona a 8 de Marzo del 2.004.
       Don José Alberto AG, Arquitecto del Ilustre Colegio de Arquitectos de Cataluña, con domicilio a efectos de comunicaciones en la ----------- - Barcelona -------------, ---------------------------- de fecha 29 de Noviembre del 2.003, designado por Insaculación, por el Juzgado de Primera Instancia nº.- 6 -----------------, para que se emita Dictamen en el Procedimiento Ordinario --------------- sobre los extremos requeridos en el escrito presentado por la Procuradora de los Tribunales, Dña. ------------------------, en representación de la sociedad mercantil -----------------; personado en la finca de Autos el día 29 de Noviembre de 2003, para realizar una inspección ocular de la finca y, realizada nueva visita a la misma, el día 16 de Enero del 2.004, en la que fueron convocadas las partes, personándose la Abogado de la parte demandada ---------------------- que se personó con las llaves para abrir el local y así poderse realizar la inspección ocular interna y la toma de medidas a cinta que se reflejan en el plano adjunto, tomadas las correspondientes fotografías, analizada la información aportada y tomados cuantos datos han sido considerados de interés, pasa a emitir el siguiente:

D I C T A M E N

En la pericial se nos solicita que contestemos a diversos puntos que desarrollaremos, uno por uno. Así:

1.- Frente a la pregunta:

""Realice el perito plano de la parcela en la que se encuentra la finca de autos, de la edificación que se ubica en dicha parcela incluyendo los distintos elementos del inmueble y sus accesos.”"

Tal y como hemos aclarado en la introducción, en fecha 16/01/04, se tomaron, en presencia y ayudado por las partes, con cinta métrica de 30 metros, las dimensiones de la finca en litigio, que figuran perfectamente reflejadas en el plano a escala 1/ 100 que adjuntamos a este Dictamen.
El resto de las edificaciones, no pudo ser medido a cinta, puesto que dada su geometría resulta imposible realizar dicha medición, con esa sistemática, sin la ayuda de un topógrafo.

    Sin embargo, se han realizado las oportunas comprobaciones del --------plano que figura el los Autos como Documento nº.- 17 y se ha podido comprobar que el error, al introducir dicho plano en base informática, puede considerarse despreciable.

2.- Frente a la pregunta:

 ""Indique el perito si el local del que es arrendatario el actor coincide con la finca inscrita en el Registro de la Propiedad de -----------------, tomo -----, libro -----, folio ----.”"

    Estudiada la Certificación Registral nº.- -------------- que se corresponde literalmente con la fotocopia del extracto del Registro correspondiente a la Finca -------------- que procede del folio 105, del libro 34 tomo 34 del Archivo, en el que se describe, ambas descripciones se habla de una finca global de QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO METROS, NOVENTA Y DOS DECIMETROS CUADRADO (574,92 m2) En la descripción registral la finca de autos da frente a dos colindante y dos calles: la de los ------------------------------, hoy -------------------. El local del que el actor es arrendatario, si bien está englobado en dicha finca, es una muy pequeña parte de la misma, sólo da frente a la Avda. de Catalunya, y en su medianera derecha queda separado del conjunto de edificaciones que componen la finca registral, por lo que podemos afirmar que la finca descrita en el Registro, no se corresponde con el local del arrendatario.















3.- Frente a la pregunta:

""Indique el perito si, a la vista de la descripción registral de dicha finca, del plano por el efectuado y de los documentos núms. 17 y 28 acompañados a la demanda y efectuando las oportunas mediciones, la finca adquirida por --------------, S.L. el día ---------------------- por el precio de 2.300.000 ptas. coincide o no coincide físicamente con el local que intenta retraer el actor. y señale si existe identidad entre el objeto que adquirió Lanquin, S.L. por dicho precio y el local del cual es arrendatario el actor.

A fin de que el perito pueda efectuar las oportunas mediciones deberá requerirse al actor para que aporte las llaves del local para que el perito pueda comparar la superficie de dicho local con respecto a la total superficie de la finca registral nº --------""

    Personados en la finca, la Abogado de la parte demandada: -------------- y el arrendatario: --------------- -(habiendo excusado su presencia el abogado de la demandante por problemas personales)-, se procedió a abrir el local y a tomar las mediciones, tanto de la parte exterior como de la parte interior del mismo.Trasladadas dichas mediciones al plano adjunto a este dictamen, se puede certificar que la medición del solar realizada mediante ordenador y en el que se ubican la totalidad de las construcciones que componen la finca de autos, la misma tiene una superficie global de 570,77 m2.*(1
    Realizada la medición exclusivamente del local arrendado por el Sr. De la Rosa, dicha medición nos da una superficie construida de 98,91 m2.
    Por tanto, la parte de la finca que quiere retraer el actor, es una parte de la finca principal, equivalente a un 17,32% de la misma, y por ello entendemos que no puede considerarse que exista identidad alguna, entre la finca adquirida y propiedad de ---------S.L. y el local objeto de arrendamiento.

4.- Frente a la pregunta:

""Indique el perito si el plano aportado por esta parte como documento número 17 de la contestación coincide con la realidad física de la finca registral nº ---------.""
 
La finca de autos tiene partes edificadas y partes sin edificar, o patios, si bien registralmente está considerada como un global, tanto en su superficie como en sus linderos. En la foto inferior, hemos querido clarificar a SSª la realidad física del conjunto, en el que se puede observar con total claridad, el espacio que separa el local objeto de litigio, de las edificaciones que dan frente a la C/ -------------- y que se ha grafíado con total claridad en el plano confeccionado para este dictamen a requerimiento de la parte demandada.
Por tanto, tal y como hemos aclarado en el punto anterior, la coincidencia entre el plano aportado a la demanda como documento nº.- 17 y la descripción de la finca de autos, así como su realidad física, pueden considerarse a todos los efectos como coincidentes.

    Es cuanto cabe exponer, según el leal saber y entender del Arquitecto que suscribe y para que conste a los efectos oportunos se firma en Barcelona a 8 de Marzo del 2.004.

El Arquitecto

Fdo.- José A. AG

NOTA: *(1 Obsérvese que la superficie registral, respecto a la medición realizada en ordenador, sólo existe una diferencia de 4,15 m2, equivalente a un 0,78% de diferencia, cantidad perfectamente admisible en mediciones sobre plano en las que se admite hasta un 3% de diferencia, u error.

Comentarios

Entradas populares de este blog

A-05-16-TASACIÓN de VIVIENDA POPULAR

Y-71-CONTENCIOSO entre la EMPRESA y el AYUNTAMIENTO - BARCELONA

A-06-18-URBANISMO ESTUDIO PLAN PARCIAL SECTOR INDUSTRIAL